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Rafaela

Pena de seis meses de prisión a jugador por agredir arbitro

El juez Alejandro Mognaschi condenó hoy a la pena de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo al jugador del Club Argentino Quilmes, Leonardo Vera (30) al hallarlo responsable del delito de lesiones leves dolosas agravadas por haber sido cometidas durante la realización de un espectáculo deportivo. Además, unificó la pena con una anterior que tenía Vera a la pena única de un año y 8 meses de prisión efectiva

El episodio ocurrió el 4 de setiembre de 2016 durante la disputa de un partido de Primera división de la Liga Rafaelina entre Argentino Quilmes y Sportivo Norte. El fiscal Carlos Vottero pidió una pena unificada de dos años de prisión efectiva mientras que la defensora Amalia Cassina solicitó la absolución de su cliente.

El juicio oral y público presidido por el Juez de la IPP, Dr. Alejandro Mognaschi, actuando como fiscal Carlos Vottero y como defensora Amalia Cassina. En la ocasión se sentó en el banquillo de los acusados Leonardo Jesús V., de 30 años de edad, quien está acusado de agredir a un árbitro durante el desarrollo de un encuentro correspondiente al Grupo Uno de la Liga Rafaelina de Fútbol, dque se jugó en el estadio «Agustín Giuliani» entre el local Argentino Quilmes y Sportivo Norte. Ese día -el 4 de setiembre de 2016- cuando se disputaban aproximadamente 42 minutos del primer tiempo y el encuentro estaba empatado 0 a 0, el encartado agredió con varios golpes de puño al árbitro del cotejo, Silvio Ruíz, provocándole lesiones que obligaron al juez a suspender el partido.

Alegato del fiscal

Tras las presentaciones correspondientes llegó el momento de los alegatos iniciales, comenzando el representante del Ministerio Público de la Acusación, quien señalaba: «Vamos a hacer una síntesis de la acusación indicando en principio que a lo largo de este debate y a traves de la prueba que iremos produciendo, dejaremos acreditado con el grado de certeza que se exige a los fines de determinar la existencia del hecho y la responsabilidad penal del imputado, en relación al delito caratulado como ‘Lesiones leves dolosas agravadas por haber sido cometidas en ocasión de la realización de un espectáculo deportivo. Así demostraremos que el día 4 de setiembre de 2016 en circunstancias de llevarse a cabo un partido de fútbol de Primera división de la Liga Rafaelina de Fútbol en el estadio «Agustín Giuliani» del club Argentino Quilmes, entre el equipo local y Sportivo Norte, encuentro que comenzó a las 15.35 horas. En un determinado momento -transcurrían 42 minutos del primer tiempo- el imputado recriminó al árbitro Silvio Ruíz y seguidamente lo agredió físicamente mediante golpes de puño en el rostro, causándole una herida cortante en región retroauricular izquierda, las cuáles se califican -desde el punto de vista médico-legal- como de carácter leves. La prueba que se producirá estará conformada por declaraciones testimoniales a traves de las cuáles se acreditará la materialidad del hecho y la participación penalmente responsable ddel encartado en el mismo; y mediante testimonios se acreditará la cadena de custodia de las pruebas materiales como el material fílmico ofrecido como tal oportunamente; además de otras de carácter documental que serán exhibidas y documentadas a lo largo del proceso. También adelantaré es este alegato inicial que esta Fiscalía solicitará la pena de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo para el encartado por el hecho que se le atribuye, la que deberá ser unificada a la pena impuesta el 30 de setiembre de 2015 de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional, en la pena única de dos años de prisión de cumplimiento efectivo, más las costas del proceso.

Alegato de la defensa

A su turno la Dra. Amalia Cassina indicaba que entiende esta defensa que la aplicación del Derecho no es una cuestión matemática. La ciencia jurídica es como tal una ciencia humana, no es una ciencia exacta como la matemática. «El señor fiscal basará su tésis -como recién lo dijo- en que acreditado el acaecimiento de un hecho y si antes existió una pena de ejecución condicional previa, no queda otro camino más que aplicar en esta causa una pena de cumplimiento efectivo y ésto señor juez, no es así. A esa tarea es a la que nos vamos a dedicar desde la defensa durante el desarrollo de este debate. En nuestro estado constitucional de Derecho la pena tiene fines y no puede ser una mera venganza. Y más allá de las doctrinas que existen al respecto y que iremos desarrollando en el debate, debemos saber que la pena se aplica porque es necesaria y únicamente ello habilita a la imposición de la misma. Este es un límite que reconocen las Constituciones de los Estados modernos al poder punitivo del Estado. Esto quiere decir que cuando la pena no es necesaria; o cuando ella en sí misma constituye un daño mucho más grave que aquel que se quiere sancionar, no debe ser aplicada porque el Estado no puede aplicar irracionalmente el Derecho. Entonces cuando se demuestre en este debate que las condiciones personales de mi defendido, sumadas al tiempo transcurrido desde que aconteció el hecho, convierten en innecesaria e irracional la aplicación de la pena por lo que solicitaremos la absolución de LJV en los alegatos finales», señaló Cassina.

Ruíz: «Fue un evento que cambió mi vida»

Silvio Martín Ruíz, la víctima de este caso que comenzó a ventilarse ayer en los Tribunales locales, tiene 43 años, era empleado de una empresa metalúrgica hasta que se quedó sin trabajo y comenzó a hacerlo por su cuenta; además de desempeñarse como árbitro de Primera división de la Liga Rafaelina de Fútbol desde el año 2001. Fue el sexto testigo que el fiscal Carlos Vottero llamó a declarar y ante la consulta respecto de qué había sucedido aquel domingo 4 de setiembre de 2016 fue terminante al afirmar: «Fue un evento que marcó mi vida para siempre». Y luego agregó: «El partido -hasta que ocurrió lo que ocurrió- se desarrollaba normalmente. Había mucha gente en la cancha y recuerdo que entre los 10 y los 20 minutos expulsé a un jugador del equipo visitante (Sportivo Norte). A los 41 o 42 minutos el Sr. LJV (el imputado) cometió una imprudencia verbal al decirme: ‘No estás siendo justo, no seas pelo…. y cobrá bien’, por lo que me volví para mostrarle la segunda tarjeta amarilla y luego expulsarlo. Allí me amenazó diciéndome que si lo echaba me iba a golpear. Luego relató que sufrió un corte con sangrado detrás de la oreja izquierda y que ya en el vestuario decidió suspender el partido porque no estaba en condiciones emocionales de seguir y además porque debía ser trasladado al Hospital para recibir atención.
Finalmente Silvio Ruíz indicó que solo pretende que se aplique la ley y que el hecho no quede impune», sentenciando: «No porque tengas un mal día o algun problema, podés golpear a un juez o trangredir las reglas»

Foto: Fiscal Carlos Vottero

Fuente: diariocastellanos

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